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La hora de la Corte

Opinión

La hora de la Corte

La decisión del Gobierno de decretar la emergencia económica como respuesta a la no aprobación de su ley de financiamiento por el Congreso confirma el desprecio del señor Petro por el Legislativo, por la separación de poderes y, en últimas, por la Constitución Nacional (CN). Ya está bien de seguir engañados, ni Petro ni el candidato Cepeda respetan la Constitución. Aun cuando reclaman su coautoría, nunca les ha gustado, ven en ella una talanquera al ejercicio del poder sin restricciones. Detestan al Congreso, a las cortes y a los órganos de control.

Hay que abonarle a Petro que haya iniciado su mandato con la idea de gobernar en coalición con otras fuerzas políticas. Su efímero primer gabinete tenía esta pretensión que consiguió la aprobación de la reforma tributaria y el Plan Nacional de Desarrollo. Pero con el primer revés en la reforma de la salud, todo se fue al traste. Se desató la ira del gobernante, y de la estrategia de la coalición pasamos a aquella del soborno y la compra de conciencias que tanto había criticado como senador y candidato.

De este oscuro periodo quedó la aprobación de los cupos de endeudamiento que hoy tienen tras las rejas a los presidentes del Senado y la Cámara de entonces e investigados a no menos de una docena de congresistas de la mal llamada coalición del cambio. También a los ministros Bonilla y Velasco, que deben responder por sus actuaciones en este y otros casos.

Luego vino la etapa de las amenazas, con la constituyente a la cabeza. Cómo no recordar el compromiso tallado en piedra de que no se acudiría a este mecanismo. De nada valió, y lo cierto es que por esta rabieta presidencial seguimos a estas alturas en modo constituyente, ahora a cargo del flamante ministro Sanguino, que de renunciado pasó a fungir como primer ministro del régimen y oficia en simultánea de canciller, ministro de Hacienda, de Vivienda, del Interior y del Trabajo.

De la mano de este mismo individuo, sufrieron el Congreso y el país el peor chantaje de que se tenga noticia con la aprobación de la reforma laboral por cuenta del referendo. Nunca el Congreso debió ceder a esta agresión y a esta ruptura del orden institucional.

Y ahora, la última versión de este desprecio constitucional se expresa en este decreto de emergencia con el que se ha pretendido suplantar al legislador y reemplazar la deliberación democrática. No pretendo profundizar en el análisis de la conformidad de dicho decreto, el 1390 de 2025, con el ordenamiento constitucional. Me basta con advertir que es violatorio en forma ostensible y protuberante de lo regulado por el artículo 215 de la CN, que habla de “hechos que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país o que constituyan grave calamidad pública”.

Nada hay de imprevisto ni de sobreviniente en las razones que aduce el Gobierno para la declaratoria. ¿Acaso no conocía de tiempo atrás la obligatoriedad de cumplir con lo ordenado por la propia Corte en relación con el ajuste de la UPC a la cual se han negado en forma desafiante? ¿O está ahora sorprendido por la situación de orden público a la que ha dado lugar su fracasada ‘paz total’, o la atención de desastres naturales –no sabemos cuáles– por el saqueo de la entidad encargada precisamente de atenderlos, o el pago de condenas en sentencias judiciales, varias con años de atraso, o el agotamiento de alternativas de endeudamiento, cuando han sobrepasado cualquier límite en materia de deuda pública, violentando la regla fiscal? Y, por último, hablar de restricciones de caja cuando todos sabemos que han sido originadas en el desmadre de las finanzas públicas de este gobierno manirroto, corrupto e irresponsable.

De todas las razones, la aducida, paradójicamente, es la no aprobación de la ley de financiamiento, que es precisamente la que de ninguna manera es aceptable para declarar la emergencia económica.

Por lo anterior, la Corte Constitucional está perfectamente en capacidad, y creo es su deber, de proceder a suspender provisionalmente este decreto y todos los expedidos bajo su amparo en cumplimiento de su propia jurisprudencia contenida en el Auto A-272 de 2023. En particular, impedir que se causen efectos irremediables o que se pueda eludir el control constitucional como en este preciso caso. Que la vacancia judicial contribuya a la sensatez y al buen juicio de los honorables magistrados de esta corporación.

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