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A un paso de ser de Ley proyecto de saneamiento de predios

A un paso de ser de Ley proyecto de saneamiento de predios

(Bogotá, 3 de junio de 2020).- En tercer debate en la Comisión Tercera del Senado fue aprobado el proyecto de ley de Saneamiento de Predios de iniciativa del Partido Cambio Radical.

Este proyecto que quedó a un debate en la Plenaria del Senado para pasar a sanción presidencial permitirá que miles de familias que hayan ocupado un predio público o privado por más de 10 años y, hayan construido su casa, puedan obtener la titulación del mismo.

“Millones y millones de colombianos que tienen una vivienda construida sobre un lote que no es de su propiedad, podrán sanear su predio bajo un mecanismo sencillo y económico que establece este proyecto”, explicó el Representante a la Cámara, Cesar Lorduy.

Una vez legalizados los predios los municipios y distritos deben realizar el procedimiento para que sean reconocidos como barrios legalmente constituidos.

Si los beneficiarios cumplen con los requisitos de Ley podrán acceder al subsidio familiar de vivienda y a la conexión a los servicios públicos esenciales, sino cuentan con ellos, como agua, energía eléctrica, gas natural y la construcción de sedes educativas, de salud y comunales.

Cuando los predios se encuentran en zonas de riesgo o insalubres, la entidad correspondiente deberá implementar mecanismos para mitigar el riesgo o reubicar las familias afectadas.

ABC DEL PROYECTO DE LEY SANEAMIENTO DE PREDIO

• Establece la titulación de predios públicos y privados (en el caso de privados que hayan sido ocupados ilegalmente hace más de 10 años) y en donde las familias hubieran construido sus viviendas.
• Determina que los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este proyecto de ley en concordancia con las normas vigentes para ser beneficiarios del subsidio familiar de vivienda.
• Establece la titulación de predios públicos o privados para instituciones religiosas sin distinción de la religión que profesen, instituciones educativas, culturales, comunales o de salud que estén ilegalmente asentadas.
• Con la titulación se garantiza la implementación de los programas de servicios públicos esenciales en caso de que no se cuente con ellos, tales como: instalación de la infraestructura de servicios públicos básicos como el agua, energía eléctrica, gas natural, construcción de instituciones educativas, y de salud, comunales y de servicios.
• Señala que los municipios y distritos deben realizar el procedimiento, para que una vez legalizado los predios sean reconocidos como barrios legalmente constituidos.
• Establece que en caso que los terrenos estén en zonas insalubres o de riesgo para la población la entidad correspondiente deberá implementar mecanismos para mitigar el riesgo, o en su defecto deberá desarrollar programas de reubicación y/o reasentamientos de las familias afectadas
• Otorga nuevas funciones al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio:
– Se encargará de formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes y proyectos en materia del desarrollo rural.

-Formulará la política de vivienda de interés social y prioritario rural, y definirá las condiciones para el otorgamiento y ejecución del subsidio.
-o Administrará, ejecutará y otorgará los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social Rural y Prioritario Rural

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